Resumen del Artículo sesenta y cinco

Artículo sesenta y cinco del Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) — y cinco Uno. El Tribunal podrá solicitar de las partes cuantas informaciones, aclaraciones o precisiones juzgue necesarias para su decisión y resolverá dentro de los quince días siguientes al término del plazo de alegaciones o del que, en su caso, se fijare para las…

LOTCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo sesenta y cinco

Uno. El Tribunal podrá solicitar de las partes cuantas informaciones, aclaraciones o precisiones juzgue necesarias para su decisión y resolverá dentro de los quince días siguientes al término del plazo de alegaciones o del que, en su caso, se fijare para las informaciones, aclaraciones o precisiones complementarias antes aludidas.

Dos. En el caso previsto en el número dos del artículo anterior, si la sentencia no se produjera dentro de los cinco meses desde la iniciación del conflicto, el Tribunal deberá resolver dentro de este plazo, por auto motivado, acerca del mantenimiento o levantamiento de la suspensión del acto, resolución o disposición impugnados de incompetencia por el Gobierno.

Norma publicada: 3 de octubre de 1979

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo sesenta y cinco

¿Qué dice el Artículo sesenta y cinco del LOTC?

y cinco Uno. El Tribunal podrá solicitar de las partes cuantas informaciones, aclaraciones o precisiones juzgue necesarias para su decisión y resolverá dentro de los quince días siguientes al término…

¿El Artículo sesenta y cinco del LOTC está vigente?

El artículo sesenta y cinco del LOTC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo sesenta y cinco dentro del LOTC?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II › SECCION PRIMERA.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo sesenta y cinco?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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